Derecho penal empresarial
¿Qué podemos hacer por ti?
Ponemos a tu servicio profesionales especializados en este ámbito del derecho, en respuesta a la creación de diversos tipos penales que han ido permeando las actuaciones de los particulares en el ejercicio del giro ordinario de sus negocios. Estamos capacitados para ofrecerte la asesoría jurídica y la representación judicial adecuada en procesos de responsabilidad penal empresarial y para la defensa de los intereses de la empresa cuando se constituyan victimas de delitos. Igualmente, en materia de procesos de extinción de dominio, en donde seas el afectado o un tercero de buena fe.
“Si caminas solo, irás más rápido; si caminas acompañado, llegarás más lejos” Proverbio chino
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Para aprovechar tu cita al máximo, necesitamos conocer la información financiera de tu empresa. Déjanos tus datos, anexa tus estados financieros, sus notas y el balance de prueba del último mes, junto con el recibo de pago.
Horario para tu cita
Te enviaremos a tu correo la programación de la asesoría. En caso de que el horario no se acomode a tus obligaciones, la podemos reagendar.
Es importante que tengas en cuenta:
Tipo de reunión: Virtual
Duración: 1 Hora
Preguntas frecuentes
- Investigación: A cargo de la Fiscalía General de la Nación, quien se encargará de reunir elementos probatorios para demostrar o tener indicios de responsabilidad del investigado, y aquí todavía no existe un proceso propiamente dicho. En esta etapa puede haber capturas que serán objeto de control legal por un Juez.
- Formulación de acusación: El fiscal presente un escrito de acusación ante el Juez, indicando de qué se acusa al sindicado y por qué, haciendo el descubrimiento de las pruebas
- Audiencia Preparatoria: en ella el juez dirige y define las reglas y condiciones que se tendrán en cuenta en el debate del juicio, se señala qué pruebas se llevarán a juicio y si hay acuerdos sobre algunos hechos (estipulaciones).
- Juicio Oral y Sentencia: Allí se practican las pruebas decretadas en la anterior audiencia, y se escuchan los alegatos (argumentaciones de las partes. Finalmente se declara la responsabilidad o no del acusado a través de sentencia, se define la procedencia de la pena y la dosifica
Para efectos de garantizar la reparación a las víctimas del delito, el juez con función de control de garantías podrá decretar sobre los bienes del imputado o del acusado, medidas como el embargo y secuestro (que extraen los bienes del comercio).
Igualmente se puede decretar la incautación, que consiste en la toma de la posesión de los bienes muebles relacionados con el delito o que sean de propiedad del imputado o acusado, la ocupación en caso de bienes inmuebles, y a suspensión del poder dispositivo que es una medida jurídica consistente en que el imputado o acusado no puede disponer: vender, arrendar, donar, los bienesrelacionados con el delito.